Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mercantil recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19, fundamentalmente el cierre de establecimiento. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en (i) Determinar si el artículo 34.4 último inciso del R.D. ley 8/2020, permite que se compense, únicamente, la parte del contrato afectada por la imposibilidad de ejecutarlo, en virtud de la situación de hecho derivada de la pandemia por Covid-19, a partir de junio de 2020. (ii) Determinar si resulta de aplicación a los supuestos de indemnizaciones vía artículo 34.4 del citado R.D. ley 8/2020 por tratarse de concesiones administrativas la previsión de prueba del margen bruto de explotación negativo durante la pandemia previsto para las concesiones de autopistas en el artículo 25 del R.D. ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Cuestión resuelta por STS de 1 de febrero de 2024 (recurso de casación 8481/2022).
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2003.
Resumen: El auto que acuerda las escuchas telefónicas contiene una injerencia que se adecúa al estándar de exigencia motivadora. Las escuchas ambientales anuladas no ha sido base probatoria para su condena. No concurre la atenuante de dilaciones indebidas debido a que el juicio tuvo que suspenderse varias veces a petición de las defensas. No concurre la eximente incompleta de miedo insuperable, puesto que no constan en los hechos probados los requisitos que permitan sustentarlas. El delito de blanqueo de capitales no exige un conocimiento preciso o exacto del delito previo, sino que basta con la conciencia de la anormalidad de la operación a realizar y la razonable consideración de que procede de un delito grave.
Resumen: La cuestión de interés casacional objetivo consiste en determinar si la prestación de asistencia sanitaria por Covid 19 a los beneficiarios de las mutualidades se entiende o no incluida en la excepción de actuaciones en materia de salud pública prevista en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2003.
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la desestimación de la solicitud de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: VIUDEDAD. RECONOCIMIENTO DE PENSIÓN. PAREJA HECHO NO INSCRITA. CONVIVENCIA. PRINCIPIO DE IGUALDAD EN LA INTERPRETACIÓN JUDICIAL. FALTA DE CONTRADICCIÓN Y FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL POR ADECUACIÓN DE LA SENTENCIA RECURRIDA A LA DOCTRINA DE LA SALA.
Resumen: Despido disciplinario. Comunicación despido SMS. Falta de contradicción y falta contenido casacional.
